Burgos Ciudad

IU comunica la situación insostenib​le de Parkmusa al Procurador del Común

Como hemos indicado en múltiples ocasiones durante esta legislatura, el Consejo de Administración de Parkmusa incumple en su composición los principios democráticos de participación y proporcionalidad, lo que conlleva a la exclusión de las fuerzas de la oposición. Debemos indicar que el Equipo de Gobierno, el Partido Popular, incumple el espirito de la legislación de la Estabilidad Presupuestaria manteniendo operativo un ente como Parkmusa que no aporta nada que no pueda asumir el Ayuntamiento, todo ello a un coste muy alto; coste por otro lado que sufraga Parkmusa gracias a las transferencias de capital que recibe del Ayuntamiento de Burgos. Ante el enroque dictatorial del Alcalde, Javier Lacalle, que impide poner fin a esta situación, nos vemos obligados a solicitar al Procurador del Común de Castilla y León que se pronuncie al respecto, como exponemos en el documento que adjuntamos.

PROCURADOR DEL COMÚN DE CASTILLA Y LEÓN.

Raúl Salinero Lacarta, con DNI XXXXXX, Concejal del Grupo Municipal Mixto-Izquierda Unida del Ayuntamiento de Burgos, con dirección de contacto en C/Fernan González, nº21, Bajo, Burgos y C.P. 09003, dirección de correo electrónico XXXXXXXX y número de teléfono XXXXXX.

Nos ponemos en contacto con usted ante la ilegalidad, discriminación y abuso de poder que supone la actual composición y gestión del Consejo de Administración la Sociedad Municipal Estacionamiento y Garajes Municipales de Burgos, S.A (Parkmusa), por los motivos exponemos a lo largo de este escrito.

La participación de los partidos políticos en la vida pública se erige en el principio rector de la actividad política desplegada en todas las instancias, organismos, corporaciones constituidas en base a la representación política.

El grupo mayoritario del PP desde hace varias legislaturas ha impuesto el rodillo de la mayoría absoluta en el Ayuntamiento y de forma sistemática impide la participación de los grupos políticos de la oposición en el Consejo de Administración de la Sociedad Municipal Estacionamiento y Garajes Municipales de Burgos, S.A (Parkmusa), de manera que éste está constituido íntegramente por concejales del PP y ninguno de los tres grupo de la oposición IU, UPyD y PSOE.

El grupo Municipal del PP contraviene, conculca y vulnera en este caso no solo la Constitución, sino también la Ley de Bases de Régimen Local, el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, la Ley de Modernización de Gobierno Local (Ley de Grandes Ciudades), etc que regulan, reconocen y garantizan el derecho de participación de los partidos políticos con representación en la Corporación a estar presentes en los diversos órganos de representación existentes o dependientes del Ayuntamiento y en sus órganos complementarios, como es del caso del Consejo de Administración de Parkmusa, al considerarse dicho consejo un órgano desconcentrado y descentralizado para la gestión de los servicios en comendados por el Ayuntamiento, alguno de ellos de forma fraudulenta por corresponder su prestación al Instituto Municipal de Cultura y a la Gerencia de Fomento.

En este último periodo el Consejo de Administración de Parkmusa ha acordado actuaciones de gran calado y transcendencia para la entrada en funcionamiento de las instalaciones de Forum Evolución Burgos, Palacio de Congresos y Auditorio (FEB) y del Aparcamiento del MEH, a cuyo fin dicha sociedad ha asumido la selección de diverso personal ( Director y Técnico responsable de mantenimiento del FEB administrativos, juristas, arquitectos, aparejadores para la oficina del ARCH; etc), adjudicación de obras (ARCH y Aparcamiento del MEH) y la contratación de los servicios necesarios para su funcionamiento (vigilancia, limpieza, la Cafetería Bar Restaurante…).

Todo los acuerdos aprobados en la presente legislatura por el Consejo de Administración de Parkmusa pueden considerarse inválidos, nulos de pleno derecho, al haberse adoptado por un órgano constituido ilegalmente. A todas luces está viciada de origen la formación de voluntad del mencionado consejo, al haberse quebrado gravemente la normativa y principios que regulan la composición del expresado órgano colegiado, pues éste está integrado únicamente por corporativos del PP y no refleja en absoluto ni la realidad ni la voluntad política de toda la Corporación.

Debemos añadir a lo anterior, el coste económico que suponen al heraldo público, teniendo en cuenta que dicha empresa pública se financia en su mayoría por transferencia de capital municipal.

La legislación y sus posteriores reformas que buscan la Estabilidad Presupuestaria de las Entidades Locales dejarían sin efectos a la empresa Parkmusa S.A,  al no aportar ninguna faceta de trabajo que no pueda asumir directamente los trabajadores del Ayuntamiento y por suponer un gasto desmesurado sin justificación alguna. El ejemplo más claro de esto último se observa en el hecho de que el Instituto Municipal de Cultura –entidad instrumental municipal que entre otros cometidos gestiona la oferta cultural de Burgos-, pague a Parkmusa por el alquiler de las salas para celebrar en el FEB su programa cultural, con el consecuente incremento del precio con motivo del IVA.

A este respecto el 13 de marzo de 2013, el Secretario General del Excmo. Ayuntamiento de Burgos emite informe (mirar documento adjunto), indicando que «la encomienda a Parkmusa» de la gestión del Fórum «carece de una justificación adecuada», mientras se mantenga esa encomienda se tendrá que pagar el IVA, recomendando como «medio eficaz y seguro para evitar la incidencia de dicho impuesto es dejar sin efecto la citada encomienda», que la dotación cultural pase a «ser asumida por el IMC». Por último, hace mención de la participación en el Consejo de Administración de Parkmusa a los diferentes Grupos Municipales de oposición, que «a fin de garantizar de una manera más efectiva los principios de participación y transparencia en la gestión pública, se considera procedente la modificación de los estatutos de Parkmusa dando entrada a los concejales de la oposición en el seno del Consejo de Administración».

Esta grave transgresión de la Ley supone que los acuerdos a los que nos hemos referido incurran en el supuesto de actos nulos de pleno derecho, contemplados en el Artículo 62.1.e de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como por ser incompatible con los principios interpretados como necesarios para adquirir una Estabilidad Presupuestaria.

Burgos, a 19 de marzo de 2013.

Un cordial saludo.

Fdo.: Raúl Salinero Lacarta.

Ilmo. Sr/Sra Procurador del Común de Castilla y León.

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